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Pregunta de: Zaccaria Vitali | Última actualización: 11 de diciembre de 2021
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El cliente comunica a las empresas contratantes y ejecutoras así como a los trabajadores autónomos el nombre del Coordinador para el diseño y el del Coordinador para la ejecución de las obras. Estos nombres deben estar indicados en el letrero del sitio de construcción.
2. Obligaciones del cliente en obra privada
El Jefe de Obra tiene la obligación de comprobar la documentación de cada empresa implicada:
En el caso de un contrato público de obra, el cliente es el sujeto con poder de decisión y de gasto relativo a la gestión del contrato”.
Documentos que la empresa debe presentar al cliente:
Documentos a exhibir
– certificación de registro en la cámara de comercio, industria y artesanía; – autocertificación sobre la posesión de los requisitos previstos en el Anexo XVII del Decreto Legislativo 81/08; – DURC
certificados relativos a su formación e idoneidad relativa a la salud previstos por el Decreto Legislativo 81/08; DURC; declaración de haber leído el plan operativo de seguridad (POS) de la empresa contratante y el plan de seguridad y coordinación (PSC), y comprometerse a cumplir con lo informado en los mismos.
La contratación es el contrato por el cual una parte (contratista) asume, con la organización de los medios necesarios y con la gestión por su cuenta y riesgo, la obligación de realizar a favor de otra (cliente o contratista) una obra o un servicio a un precio consideración.
El término contratista se refiere a un sujeto que, mediante la celebración de una forma particular de contrato denominada contrato de trabajo, se obliga a realizar una obra o servicio a favor de otro sujeto (el cliente), con trabajo principalmente propio y sin restricciones de subordinación.
– El que encomienda, es decir, ordena a otros la ejecución de una obra, un servicio o la compra de una mercancía por cuenta propia: los gastos corren a cargo del c.
En caso de que el director de obra haya sido llamado a trabajar en el marco de un contrato público, deberá responder de los daños y perjuicios ante el Tribunal de Cuentas, mientras que si ejerce su cometido en el ámbito privado, la competencia de la sentencia recae con la justicia ordinaria.
Lgs. N. 81/2008, el director de obra puede ser cualquier persona, siempre que reciba un encargo específico, además es necesario acudir, según la jurisprudencia de Casación, a la forma de delegación de funciones a que se refiere el artículo 16 del Decreto Legislativo
La ley italiana prevé la figura de una persona que puede gestionar los aspectos técnicos y profesionales relacionados con la seguridad en las obras de construcción durante la ejecución de determinadas obras de construcción.
El cliente deberá: COMPROBAR QUE EL COORDINADOR DE SEGURIDAD CUMPLA CORRECTAMENTE SUS OBLIGACIONES, ELABORAR EL PLAN DE SEGURIDAD Y COORDINACIÓN, EL EXPEDIENTE TÉCNICO Y COMPROBAR LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS QUE SE MANTIENE EL LUGAR.
consentimiento para el uso de los datos firmado por cada trabajador. copia del DUVRI del contratista. declaración de que los trabajadores de la empresa están en posesión del certificado de idoneidad autocertificación de idoneidad técnico profesional.
El DUVRI, término abreviado de Documento Único para la Evaluación de Riesgos de Interferencia, es el documento que el legislador ha dispuesto para el fomento de la cooperación y coordinación necesaria a raíz de la estipulación de licitaciones, contratos de obra o administración.
2094 del Código Civil italiano), es la persona que, en virtud del contrato, está subordinada a las directivas empresariales o profesionales del empleador, realizando así su trabajo intelectual o manual a cambio de una remuneración (salario o sueldo).
¿Qué significa «empleado»? Parte del contrato que se obliga a realizar la obra o servicio, por lo general un propietario de pequeña empresa de conformidad con el art. 2083 del Código Civil italiano, o un trabajador ocasional.
el contrato de servicios ocasionales: que pueden utilizar otros sujetos (profesionales, trabajadores autónomos, empresarios, asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas) con un máximo de 5 trabajadores fijos, y las administraciones públicas.
contrato Contrato por el cual una parte (cliente) encomienda a otra parte (contratista), a cambio de una contraprestación en dinero, la realización de una obra o servicio, junto con la organización de los medios necesarios y la gestión.
El arte. 90, apartado 9, prevé para el cliente o el director de obra la obligación de verificar la idoneidad técnica de la empresa contratista, de las empresas contratistas y de los trabajadores por cuenta propia con los procedimientos previstos en el Anexo XVII.
26 párrafo 1, letra a) se establece que, en caso de encomienda de obras, servicios y suministros a un contratista o trabajador por cuenta propia, el Cliente deberá verificar la idoneidad técnica y profesional de éstos.
En caso de subcontratación, el empleador de la empresa contratista verifica con ésta la idoneidad técnica y profesional de los subcontratistas.
Si bien la obligación de adquirir el DURC afecta a la empresa encargada de la obra, la ley exige que el cliente adquiera el documento a la empresa contratista.
i) empresa contratista: empresa titular del contrato con el cliente que, en la ejecución de la obra contratada, puede hacer uso de subcontratistas o trabajadores por cuenta propia.